Bogotá, 30 ago (EFE).- La Corte Constitucional colombiana rechazó hoy una demanda que buscaba prohibir las corridas de toros y las riñas de gallos por lo que esos espectáculos quedaron a salvo, aunque con algunas restricciones.
La sala plena de la Corte Constitucional, con una votación de seis contra tres, determinó que las corridas, peleas de gallos, el coleo y los espectáculos de rejoneo son actividades ajustadas a la Carta Magna.
Sin embargo, el mismo alto Tribunal consideró que en esas actividades hay maltrato para los animales y que por tanto ese aspecto no puede celebrarse.
Igualmente, impuso restricciones para las corridas que de ahora en adelante deben procurar "causar el menor dolor posible" al animal.
También dejó claro que esos festejos solo se podrán organizar y realizar en poblaciones en donde exista una tradición probada e ininterrumpida, y ya estén autorizados.
Agregó que en estas actividades no se podrán utilizar dineros públicos para promover las corridas de a pie o a caballo y tampoco se podrá invertir en construcciones destinadas a espectáculos crueles con animales.
Para la mayoría de los magistrados, las corridas de toros, la riña de gallos y las corralejas (corridas populares en las que el público puede lancear a las reses) son "tradiciones culturales en Colombia, y como tal, deben mantenerse".
La ponencia del magistrado Humberto Sierra Porto señalaba que esas y otras actividades similares son una "tradición arraigada y respetable" en Colombia a pesar de que puedan ser actos crueles.
Para Sierra, a pesar de que en estos espectáculos se ejerce maltrato a un ser viviente están sustentados en una tradición arraigada en la cultura del país.
La posición de Sierra coincidió con la opinión del procurador Alejandro Ordóñez, quien señaló en un concepto no obligatorio que esas actividades son "expresiones culturales y artísticas que identifican a los colombianos (...), lo que hace tolerable el sufrimiento a que son sometidos los animales".
Para los demandantes, en el coleo, las corralejas, las corridas de toros, las becerradas y las peleas de gallos, los animales son sometidos a tratos crueles, penalizados por el Estatuto de Protección Animal.
Argumentaban también que se vulnera el derecho a un ambiente social y cultural sano, atentatorio de la paz y la convivencia, y que viola el libre desarrollo de la personalidad de quienes los rechazan.
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