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viernes, 28 de octubre de 2011

Sobre la edad de los toros y el cachondeo de los reglamentos


"Rebaja "¿de Novillo o de toro?
Me llega un comentario de un amigo que me corrige y no le falta razón, pero tampoco la tiene toda.
En el pasado festival de trigueros se lidió un animal nacido en Octubre de 2007, en mi crónica comentaba que dicho astado se podía haber lidiado como novillo o como toro. Al ser un festival, el asunto no tenía más importancia.
No obstante mi buen amigo, que prefiere seguir en el anonimato, me escribe 
a) el artículo 28.1 del vigente Reglamento Taurino de Andalucia señala que "con carácter general y a efectos del presente Reglamento, se entenderá que las reses de lidia cumplen los sucesivos años de edad en el primer día del mes en el que tuvo lugar su nacimiento según el certificado expedido por el responsable del Libre Genealógico de Reses de Lidia de a respectiva asociación ganadera".
Te señalo esto porque en la información referida a Antoñito Peralta dices que la res podía ser novillo o toro, cuando lo cierto es que, reglamentariamente, es ya toro por cuanto desde el día 1 de octubre tiene esa consideración. Esto es algo que en muchas ocasiones nos confunde y nos lleva a enfrentamiento, pero el Reglamento es claro. De ahí que para evitar nuevas incognitas quede claro.
Le concedo a mi interlocutor parte de la razón, en Andalucía esto es así pero....
El Artículo 45. del reglamento nacional reza
1. Los machos que se destinen a la lidia en las corridas de toros habrán de tener como mínimo cuatro años cumplidos y en todo caso menos de seis. En las novilladas con picadores la edad será de tres a cuatro años, y en las demás novilladas, de dos a tres años. Se admitirá como límite máximo de edad el mes en que cumplen los años.
El vasco, idem al igual que el navarro. 
           Por tanto nosotros, los aceituneros altivos, y los castellanoleoneses  podemos ver lidiar  una res como toro desde el día uno del mes en que cumple cuatro años y no como novillo. Alguien de otra comunidad, los madriles por ejemplo, o un vasco o un navarro,, en una interpretación laxa, pueden ver lidiar al toro de Cuadri tanto como novillo o como  toro durante todo el mes de Octubre
Pero aún hay más, el reglamento de Aragón dice  en su artículo 30 que admite como "límite de edad el último día del mes de nacimiento de las reses", pues también entonces toro o novillo. 
¡¡¡Que cosas!!!

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